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Futuros: Garantías necesarias para realizar una compra / venta

Cuando se realiza una operación de compra/venta de futuros se está difiriendo la ejecución real de la operación (entrega de las acciones/materias primas/etc. por parte del vendedor y del dinero por parte del comprador) a un momento del futuro (fecha de vencimiento). Por tanto no es imprescindible disponer de todo el dinero en caso del comprador, o del activo (acciones, materias primas, etc.) en el caso del vendedor, en el momento de la compra/venta del futuro.
Pero sí es necesario depositar unas garantías como forma de asegurar que la operación se llevará a cabo, o al menos de que la otra parte no se verá perjudicada en caso de que finalmente no se pueda realizar la entrega del activo (vendedor) o del dinero (comprador).
Estas garantías son diferentes para cada activo (aunque en algunos casos pueden coincidir) y son establecidas por el mercado en que se negocia cada tipo de futuro.
Fundamentalmente dependen de la volatilidad de cada activo. Por ejemplo, una empresa que a lo largo de su historia se haya movido en rangos medios de un 10% en períodos de 3 meses (por ejemplo entre 10 y 11 euros) necesitará unas garantías menores que otra que en 3 meses se mueva normalmente un 50% (entre 10 y 15 euros). Esto se debe a que las garantías deben cubrir el posible movimiento del activo en en caso de que una de las 2 partes no pueda cumplir su compromiso.
Las garantías son un porcentaje del valor nominal de la operación, y se calculan diariamente. Este porcentaje, para un mismo activo, puede ir variando a lo largo del tiempo (al alza o a la baja) en caso de que la volatilidad de ese activo sufra cambios importantes y el mercado en que se negocia ese futuro considere adecuado variar las garantías atendiendo a dicho cambio de volatilidad. En el caso de los futuros sobre acciones españolas las garantías suelen estar alrededor del 15% del importe nominal de la operación;
Supongamos una compra/venta de 1 contrato de futuros sobre acciones del Banco Santander a 15,10 euros. El importe nominal son 1.510 euros (15,10 x 100) y tanto el comprador como el vendedor deberán depositar como garantías 226,50 euros (15% de 1.510) cada uno.
Si al día siguiente el futuro sobre el Banco Santander pasa a cotizar a 15,50 euros el nuevo nominal del contrato será 1.550 euros, y por tanto las garantías pasarán a ser 232,50 euros, por lo que tanto el comprador como el vendedor deberán aportar 6 euros adicionales (232,50 – 226,50 = 6) como garantía.
Si, por el contrario, al día siguiente el futuro bajase a 14,60 euros el nuevo nominal pasaría a ser de 1.460 euros, con lo que las garantías bajarían a 219 euros (15% de 1.460) y el mercado devolvería 7,50 euros (226,50 – 219 = 7,50 euros) tanto al comprador como al vendedor.
Las garantías quedan depositadas en el mercado en que se negocian los futuros (en el caso de España es Meff ) y son remuneradas. Es decir, Meff (o el mercado en que se negocie cada contrato en concreto) remunera al comprador y al vendedor (a un tipo de interés igual o similar al del mercado interbancario) por las garantías que han depositado. El pago de estos intereses se realiza de forma diaria.
Tambien es posible entregar como garantía activos tales como acciones cotizadas o deuda pública del Estado, en cuyo caso no es necesario aportar dinero en efectivo para la garantía siempre y cuando el valor de los títulos aportados sea suficiente para cubrir dicha garantía. Depositar las garantías en acciones conlleva el pago de una comisión. Esta comisión no se paga cuando las garantías se depositan en efectivo. La liquidación diaria de pérdidas y ganancias debe hacerse necesariamente en efectivo.
Las garantías aquí comentadas son las establecidas por los mercados oficiales en donde se negocian los futuros para las operaciones que se mantengan abiertas al finalizar la sesión diaria. Los brokers tienen la facultad se exigir garantías superiores a las oficiales en caso de que lo consideren necesario. Tambien hay brokers que exigen garantías inferiores a las oficiales a sus clientes que operen de forma intradiaria, es decir, que cierren sus posiciones antes de finalizar la sesión.
Las garantías se calculan sobre el “precio de liquidación diaria”. La forma de calcular este precio de liquidación diaria puede variar de un mercado a otro e incluso de un activo a otro dentro del mismo mercado. Puede ser el precio de la última operación que se realizó en la sesión diaria en el mercado de contado, el de la última operación que se realizó en el mercado de futuros, una media de precios de la última media hora (por ejemplo) en cualquiera de los 2 mercados, etc. Si se quiere conocer la fórmula exacta del cálculo debe consultar en el mercado en que se negocie dicho futuro, pero para un inversor de largo plazo no es importante conocer la fórmula exacta del cálculo.

Consulta aquí qué empresas tienen los inversores en sus carteras en las estadísticas de Invertirenbolsa.info

Nota: Recuerda que puedes preguntar todas las dudas que tengas sobre el contenido de este artículo en los comentarios que verás más abajo y te la responderé a la mayor brevedad posible. También puedes ver las dudas ya resueltas que han planteado otros usuarios. Y para cualquier duda sobre otros temas puedes utilizar el Foro de inversiones, e igualmente tendrás una respuesta lo antes posible.




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  • Hola IEB,

    No entiendo como se gana dinero en futuros si tanto el comprador como el vendedor de esos futuros deben pagar las garantias. Ponme un ejemplo IEB, como tu sabes para que me quede claro. Tanto como el dinero que gana un vendedor de futuros como el comprador. Por ejemplo de una persona que quiera comprar un futuro del santander que cotiza a 15. 1 futuro 100 acciones.

    Gracias IEB

  • Invitado - Invertir en bolsa

    Hola Podromo,

    Es que las garantías no son una comisión, sino un dinero que se depósita en garantía (valga la redundancia) y después se reintegra, tanto a comprador como vendedor.

    Supongamos que tú compras 1 futuro del Santander a 15 euros, y te lo vendo yo. El importe del contrato son 1.500 euros, y las garantías son del 15% de ese importe.

    Tú tienes que poner como garantías 225 euros (15% de 1.500) y yo otros 225 euros.

    El precio sube, y cuando llega a 16 euros tú vendes el futuro para cerrar la operación y obtener tu beneficio, y yo te compro ese futuro para dejar de perder dinero.

    A tí te dan 325 euros, los 225 euros que pusiste de garantías y los 100 que has ganado.

    Y a mí me dan 125 euros, los 225 euros que puse de garantías menos los 100 que he perdido.

    En la realidad, cada día que tengamos abiertas nuestras posiciones nos harían ingresos/cobros diarios en función de cómo evolucione la cotización del futuro cada día, pero todos esos movimientos diarios se compensan entre sí, y el resultado final de la operación es el que te he puesto en este ejemplo.

    Un saludo.

  • Entonces por que a la gente le dá miedo los futuros?? si en verdad si cobra/paga el mismo dia, pues si la cosa va mal, hasta luego y te devuelvo el futuro y si la cosa va bien, aun sigo con él o no??

    Ammm no no, los futuros tienen fecha de compra y vencimiento, tienes la obligacion de quedartelo hasta la fecha límite d evencimiento? o puedes anularla? cuando la cosa se está poniendo feilla??

    Y de nuevo. para no variar, muchisimas gracias IEB.

  • Invitado - Invertir en bolsa

    Hola Podromo,

    El problema real de los futuros y las opciones es el apalancamiento. Si no te apalancas, no son peligrosos (aunque hay que estar más pendientes de ellos que de las acciones, por las fechas de vencimiento y esas cosas).

    Imagínate que en el caso anterior tú y yo tuviéramos 1.500 euros cada uno, pero en lugar de hacer la operación sobre un contrato la hacemos sobre 6. En cuanto la cotización se mueva un 16%-17% en nuestra contra (1.500 es el 16,67% de 9.000) habríamos perdido los 1.500 euros, todo nuestro dinero. Al apalancarte, un movimiento relativamente pequeño (una cotización se puede mover un 17% en cuestión de pocos días) te puede dejar la cuenta a 0.

    Un saludo.

  • Duda sobre opciones:

    Si compro 1 opción Call americana, pasados 2 meses por ejemplo, quiero cerrar la posición vendiendo una opción call americana (mismo strike, vencimiento...) ¿tengo que aportar las garantías para vender ese Call el día anterior?.
    Además entiendo que al día siguiente me liquidarán las ganancias (si las hubiera) y quedaría cerrada la posición.

  • Invitado - Invertir en bolsa

    Hola JE,

    No, no tienes que aportar garantías para vender esa opción previamente comprada, por lo que estás haciendo al venderla es cerrar la operación, y por tanto reducir tu riesgo a 0. Por eso no tienes que poner ninguna garantía en ese caso.

    Al cerrar la operación te liquidan las ganancias, si las hay, efectivamente.

    Un saludo.

  • Entonces, para acabar de entenderme ¿Si me piden una garantía de por ejemplo 1000€, esos 1000€ es el límite que puedo perder o pueden llegar a reclamarme incluso más?

    Gracias.

  • Hola Serfafi,

    Esos 1.000 euros no serían el límite, podrías perder más. Digamos que esos 1.000 euros son lo máximo que podrías perder en un día (salvo que hubiera un movimiento muy grande, tipo el 11S). Si el mercado se mueve en tu contra, entonces para mantener la posición abierta te pedirán que subas las garantías a 1.100 euros (por ejemplo), al día siguiente a 1.200 euros, etc.

    Saludos.

    Comentario editado por última vez entre hace cerca de 8 años y Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)

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